Exp. 0004/2026 · Vivienda

Modelo RS-04Mi inquilino no me paga el alquiler

Reclamar rentas de alquiler impagadas a un inquilino

Puedes reclamar las rentas atrasadas con un monitorio sin abogado. Si además quieres recuperar la vivienda (desahucio), necesitas abogado y procurador.

Solo cobrar rentas
Monitorio, sin abogado para presentarlo
Recuperar la vivienda
Desahucio: abogado y procurador obligatorios
Plazo para reclamar
5 años por cada mensualidad (art. 1966 CC)
Fianza
Puedes aplicarla a la deuda cuando acabe el contrato

Rellena tu escrito

Unos 5 minutos. Lo que escribes aparece en azul en el documento. Se guarda solo en tu navegador; no lo enviamos a ningún servidor.

Impreso RS-04Cumplimentar con letra clara

Gratis durante el lanzamiento

El precio habitual será de 14,90 € por caso. Mientras probamos la herramienta, la descarga es gratuita. Si te sirve, pásasela a quien la necesite.

Anexo I · Guía

¿Quieres cobrar o recuperar el piso?

Son dos cosas distintas:

  • Solo reclamar las rentas (el inquilino ya se fue, o sigue y quieres presionar el pago): basta un monitorio, que presentas tú mismo con el contrato y el detalle de los meses impagados.
  • Recuperar la vivienda: es un juicio de desahucio por falta de pago (art. 250.1.1.º LEC). Aquí la ley exige abogado y procurador siempre, y desde 2025 hay requisitos adicionales sobre vulnerabilidad y gran tenedor. Esta herramienta no genera desahucios.

El requerimiento previo

Antes de ir al juzgado, la LO 1/2025 exige intentar negociar. Un burofax reclamando las rentas y proponiendo un plan de pagos cumple el requisito. Si el inquilino sigue en la vivienda, el requerimiento fehaciente también es relevante para que no pueda enervar (pagar a última hora para parar) un futuro desahucio.

Qué puedes reclamar

Las rentas vencidas e impagadas y las cantidades asimiladas que el contrato ponga a cargo del inquilino (suministros, IBI repercutido, comunidad si se pactó). Cuando termina el contrato, puedes aplicar la fianza a la deuda y reclamar solo la diferencia.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar el alquiler sin abogado?

Sí, si solo reclamas dinero mediante monitorio. Para el desahucio (recuperar la vivienda) necesitas abogado y procurador.

¿Puedo reclamar al inquilino que ya se ha ido?

Sí. Envía el burofax a su nuevo domicilio si lo conoces. Si no, el juzgado puede averiguarlo a través del Punto Neutro Judicial.

¿Puedo quedarme la fianza por los meses impagados?

Sí, al terminar el contrato puedes aplicarla a la deuda. Reclama el resto por monitorio.

¿Cuántos meses de alquiler se pueden reclamar?

Cada mensualidad prescribe a los cinco años (art. 1966 CC).