Exp. 0015/2026 · Me reclaman a mí

Modelo RS-15Me ha llegado un monitorio

Oposición a un monitorio sin abogado

Tienes 20 días hábiles desde que te notifican el monitorio para pagar u oponerte. Si no haces nada, se despacha ejecución contra ti. Hasta 2.000 € puedes oponerte sin abogado.

Plazo
20 días hábiles desde la notificación (art. 815 LEC)
Si no respondes
Ejecución directa contra tus bienes (art. 816 LEC)
¿Abogado?
No hasta 2.000 €; por encima, abogado y procurador
Agosto
Es inhábil: no cuenta en el plazo

Rellena tu escrito

Unos 5 minutos. Lo que escribes aparece en azul en el documento. Se guarda solo en tu navegador; no lo enviamos a ningún servidor.

Impreso RS-15Cumplimentar con letra clara

Gratis durante el lanzamiento

El precio habitual será de 14,90 € por caso. Mientras probamos la herramienta, la descarga es gratuita. Si te sirve, pásasela a quien la necesite.

Anexo I · Guía

No lo ignores: el plazo es corto

El requerimiento de monitorio te da 20 días hábiles para pagar, oponerte o hacer ambas cosas (pagar una parte y oponerte al resto). No cuentan sábados, domingos, festivos ni el mes de agosto. Si dejas pasar el plazo, el juzgado despacha ejecución y te pueden embargar.

Cuándo puedes oponerte sin abogado

Si la cantidad reclamada es de 2.000 € o menos, puedes presentar la oposición tú mismo. Si supera esa cantidad, el escrito debe ir firmado por abogado y procurador (art. 818 LEC). Si no te los puedes pagar, solicita asistencia jurídica gratuita en el colegio de abogados dentro del plazo: suspende el plazo de oposición.

Qué decir en la oposición

La ley pide alegar «sucintamente» las razones. Basta con explicar de forma clara por qué no debes la cantidad, o por qué no la debes entera: pago, inexistencia de la deuda, servicio no prestado, prescripción o cláusulas abusivas. Aporta los documentos que lo prueben.

Qué pasa después

Si te opones, el monitorio se convierte en un juicio verbal (hasta 15.000 €) o en un juicio ordinario. Cuando la cuantía no supera 15.000 €, el juzgado da traslado al acreedor para que impugne tu oposición, y se celebra vista si alguna de las partes la pide.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para oponerme a un monitorio?

Veinte días hábiles desde el día siguiente a la notificación. Agosto, fines de semana y festivos no cuentan.

¿Necesito abogado para oponerme a un monitorio?

No si la cantidad reclamada es de 2.000 € o menos. Por encima, la oposición debe ir firmada por abogado y procurador.

¿Puedo pagar una parte y oponerme al resto?

Sí. Puedes reconocer y pagar la parte que sí debes y oponerte al resto explicando por qué.

¿Qué pasa si no contesto al monitorio?

El juzgado dicta un decreto que pone fin al monitorio y el acreedor puede pedir la ejecución: embargo de cuentas, nómina u otros bienes.