¿Cuándo es usuraria una revolving?
Las tarjetas revolving aplazan el pago en cuotas pequeñas con intereses muy altos. El Tribunal Supremo (sentencias 149/2020 y 258/2023) declaró que su interés es usurario cuando la TAE supera en más de 6 puntos el tipo medio de las tarjetas revolving que publica el Banco de España para la fecha del contrato. Por ejemplo, si el tipo medio era del 20 %, una TAE superior al 26 % sería usuraria.
Si el contrato es usurario, es nulo y solo tienes que devolver el capital que gastaste (art. 3 de la Ley de Represión de la Usura): el banco debe devolverte todo lo que pagaste de más en intereses, comisiones y seguros.
Aunque la TAE no llegue a ese umbral, el contrato también puede anularse si no se te explicó con claridad cómo funcionaba la tarjeta (falta de transparencia).
Primer paso: pedir la documentación y la nulidad
La mayoría de afectados no conservan el contrato. La reclamación previa pide al banco una copia del contrato y el histórico completo de movimientos, y además solicita la nulidad. Es gratis y obligatoria antes de acudir al Banco de España, y cumple el requisito de negociación previa para la vía judicial.
Si el banco no accede
Puedes reclamar gratis ante el Banco de España (su informe no es vinculante) o demandar. Si lo reclamado supera 2.000 €, la demanda necesita abogado y procurador; con la documentación en la mano podrás comparar presupuestos y no aceptar comisiones excesivas.